miércoles, 10 de agosto de 2016

Acuerdo N° 094- 2016

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER PÚBLICO MUNICIPAL

RIF: G-20006114-6

                    

   ACUERDO N° 094 – 2016

El Concejo Municipal de Junín, en uso de las atribuciones legales establecidas en los Artículos 1, 5, 175 y 178 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; Artículos 52, 54 en su numeral 2 y Artículo 56 en su numeral 1 y literales a) y e) del numeral 2, de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal; y Artículos 92 y 93 del Reglamento Interior y de Debates.

CONSIDERANDO
Que la frontera entre Colombia y Venezuela, países hermanos, permanece cerrada desde el 19 de agosto de 2015.

CONSIDERANDO
Que la colectividad de nuestro Municipio Junín, se ha visto seriamente afectada por el cierre de la frontera, incidiendo en su salud, economía, movilidad, calidad de vida, ocasionando malestar en la población y afectando seriamente el desarrollo socio–económico de la ciudad de Rubio y sus zonas circunvecinas.

CONSIDERANDO
Que los habitantes de las zonas afectadas viven “en carne propia” la crisis humanitaria que se ha generado con motivo del cierre de la frontera, que pese al Decreto de Estado de Excepción han aumentado las filas de personas para adquirir los alimentos de primera necesidad, se ha disminuido el litraje de gasolina al transporte público, se mantiene una estación de servicio con precio internacional sin justificación alguna aumentando así la fila de vehículos en las 2 únicas surtidoras a particulares, y la inseguridad campea por todo nuestro territorio y los territorios de los municipios vecinos.



CONSIDERANDO
Que el cierre fronterizo afecta gravemente las relaciones entre los dos países hermanos y las multilaterales en América Latina, porque por los Municipios Pedro María Ureña y Bolívar, es por donde transitan pasajeros y mercancías que vienen de la Comunidad Andina de Naciones como Ecuador, Perú, Chile y Argentina.

CONSIDERANDO
Que el Artículo 153 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, establece:
“La República promoverá y favorecerá la integración latinoamericana y caribeña, en aras de avanzar hacia la creación de una comunidad de naciones, defendiendo los intereses económicos, sociales, culturales, políticos y ambientales de la región. La República podrá suscribir tratados internacionales que conjuguen y coordinen esfuerzos para promover el desarrollo común de nuestras naciones, y que garanticen el bienestar de los pueblos y la seguridad colectiva de sus habitantes. Para estos fines, la República podrá atribuir a organizaciones supranacionales, mediante tratados, el ejercicio de las competencias necesarias para llevar a cabo estos procesos de integración. Dentro de las políticas de integración y unión con Latinoamérica y el Caribe, la República privilegiará relaciones con Iberoamérica, procurando sea una política común de toda nuestra América Latina. Las normas que se adopten en el marco de los acuerdos de integración serán consideradas parte integrante del ordenamiento legal vigente y de aplicación directa y preferente a la legislación interna.

CONSIDERANDO
Que la Administración Pública está al servicio de los ciudadanos y ciudadanas y se fundamenta en los principios de eficacia, eficiencia y responsabilidad en el ejercicio de la función pública, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
CONSIDERANDO
Que Reconociendo que, con arreglo a la Declaración Universal de Derechos Humanos, no puede realizarse el ideal del ser humano libre, en el disfrute de las libertades civiles y políticas, exento del temor y de la miseria, a menos que se creen condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechos civiles y políticos, tanto como de sus derechos económicos, sociales y culturales.

CONSIDERANDO
Que cada uno de los Estados Partes en el Pacto de las Naciones Unidas, se compromete a respetar y a garantizar a todos los individuos que se encuentren en su territorio y estén sujetos a su jurisdicción los derechos reconocidos en él, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.

CONSIDERANDO
Que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,  establece que VENEZUELA es un Estado democrático y social de derecho y de justicia y por ende propugna el bienestar de los venezolanos, creando las condiciones necesarias para su desarrollo social y espiritual y procurando la igualdad de oportunidades para que todos puedan desarrollar libremente su personalidad, dirigir su destino y disfrutar los derechos humanos y buscar su felicidad.

CONSIDERANDO
Que por ser un Estado Social y democrático de Derecho comprometido con el progreso integral que los ciudadanos y ciudadanas aspiran, con el desarrollo humano que permita una calidad de vida digna.


CONSIDERANDO
Que el pasado jueves 04 de agosto del 2016, entre las cancilleres de Colombia y Venezuela, acordaron una serie de medidas que se tomarán para una eventual reapertura de la frontera, entre ellas anunciaron la creación de una cédula fronteriza para los habitantes de la región.

CONSIDERANDO
Que este proceso podría ser una idea para dilatar la apertura de la frontera tan aclamada por los habitantes de esta parte del País, y demostrada cuando en el pasado mes de julio más de 500 mujeres decidieron cruzar los puentes fronterizos en señal de desespero por la falta de alimentos de primera necesidad en la mesa de sus hogares, así como la falta de medicinas.

CONSIDERANDO
Que la creación de este mecanismo denominado “Cédula Fronteriza” es violatorio de nuestra Constitución Nacional y de tratados internacionales suscritos por Venezuela, dividiéndonos entre venezolanos, cuando los Derechos Humanos, Económicos y Sociales nos pertenecen a todos por igual sin discriminación de ninguna naturaleza.

EL CONCEJO MUNICIPAL DE JUNÍN:

ACUERDA
ARTÍCULO PRIMERO: RECHAZAR categórica y contundentemente la creación de la cédula fronteriza anunciada por las Cancilleres de Colombia y Venezuela.

ARTÍCULO SEGUNDO: EXIGIR al Gobierno Nacional y Estadal la reapertura de la Frontera sin más dilaciones.

ARTÍCULO TERCERO: TRANSMITIR, el grado de descontento que actualmente tienen los ciudadanos y ciudadanas de Junín ante el cierre de la frontera sin ningún cambio en positivo, mediante la elaboración y promoción del presente documento.

ARTÍCULO CUARTO: ENTREGAR el presente ACUERDO al Ciudadano Yobel Sandoval, Alcalde del Municipio Junín; a los Concejos Municipales fronterizos; a la Asociación de Legisladores tachirenses; al Ciudadano José Gregorio Vielma Mora, Gobernador del Estado Táchira; a los ciudadanos Diputados del Consejo Legislativo del Estado Táchira y de la Comisión Especial de Fronteras de la Asamblea Nacional; así como al Consulado de Colombia y Gobierno Nacional de Venezuela.

ARTÍCULO QUINTO: EXHORTAR a la Asociación de legisladores tachirenses la designación de una Comisión Especial que estudie la propuesta de realizar un Referendo Consultivo en los Municipios fronterizos del Estado, con la iniciativa de los Concejos Municipales, para que la ciudadanía decida sobre la apertura de la frontera colombo-venezolana.

ARTÍCULO SEXTO: COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE en la Gaceta Municipal correspondiente al mes de Agosto del año 2016.

Dado, firmado y sellado en el “Salón Junín” donde celebra sus Sesiones el Concejo Municipal de Junín. En Rubio a los nueve (09) días del mes de Agosto del año dos mil dieciséis (2016

Años: “206 de la Independencia y 157º de la Federación”
L.S.



Prof. Luis Antonio Ruda Rodríguez
 Presidente del Concejo Municipal de Junín
SEGÚN ACTA SESIONAL Nº001 DE FECHA 07/01/2016
Refrendado:




Ana Elvira Vivas
Secretaria del Concejo Municipal de Junín
         SEGÚN ACTA SESIONAL Nº001 DE FECHA 07/01/2016



Concejales: Luis Ruda, Danny Armando Carrillo,  Walter Chacón, Marlene Mora, Francisco Rincón, Jesús Sánchez Sarmiento y José Pinilla.
LARR/AEV.

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